Alfredo Riquelme - Alcalde

Estimados Vecinos y Vecinas de Teodoro Schmidt, se está iniciando una nueva etapa, pŕospera, transparente, con liderazgo, donde ustedes, junto a este Alcalde y su Concejo Municipal, trabajaremos unidos para concretar los grandes desafíos que esta administración se ha propuesto.

Metas, que nos harán avanzar en temas como: salud, educación, programas sociales, deporte, cultura, programas de desarrollo local, turismo, participación ciudadana, entre tantos otros, en los cuales nuestra comuna merece avanzar y potenciar.

Alfredo Riquelme Arriagada, los invita a colaborar, apoyar y ser partícipes activos, donde unidos conseguiremos que la comuna de Teodoro Schmidt y su gente recupere su identidad, diversidad cultural y la confianza que toda sociedad democrática y justa, se merece.

Un caluroso abrazo, afectuosamente


Alfredo Riquelme Arriagada
Alcalde Teodoro Schmidt

Móvil: 58791778

Email: alfredo.riquelme@muniteodoro.cl

El Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.

OBJETIVO

Es administrar la Comuna, para satisfacer las necesidades locales y promover el desarrollo y progreso económico, social y cultural de la Comuna.

ATRIBUCIONES

  • Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad
  • Proponer al Concejo la organización interna de la municipalidad
  • Nombra y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan
  • Aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que los rijan.
  • Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado.
  • Administrar los bienes municipales nacionales de uso público de la comuna que corresponda en conformidad a esta Ley.
  • Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales.
  • Adquirir y enajenar bienes muebles
  • Dictar resoluciones obligatorias de carácter general a particular.
  • Delegar la facultad para firmar, bajo la fórmula “Por orden del Alcalde”, sobre materias específicas.
  • Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda.
  • Coordinar con los servicios públicos la acción de estos en el territorio de la comuna.
  • Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad y de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Nº 18.575.
  • Convocar y Presidir el Concejo, así como el Consejo Económico y Social comunal.
  • Someter a plebiscito las materias de administración local de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y siguientes de la Ley 18.695.
  • Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad.